Visa de Intercambio Cultural (Q-1)
La visa “Q-1” es para ciertos programas internacionales de intercambio cultural diseñados para proporcionar entrenamiento práctico y empleo, y para compartir la historia, cultura y tradiciones de los participantes en el país de origen en los Estados Unidos. El entrenamiento / empleo debe ser aprobado con anticipación por la oficina del Departamento de Seguridad Nacional, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) sobre la base de una petición, Formulario I-129Q presentada por el patrocinador de los EE. UU.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) proporciona dos categorías de visa de no inmigrante para que las personas participen en programas de visitas de intercambio en los Estados Unidos. La visa “J” es para programas de intercambio educativo y cultural designados por el Departamento de Estado, Oficina de Asuntos Consulares, y la visa “Q” es para programas de intercambio cultural internacional designados por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
El programa de intercambio cultural internacional “Q” tiene como propósito proporcionar capacitación práctica y empleo, y compartir la historia, la cultura y las tradiciones del país de origen del participante en los Estados Unidos.
Requisitos
Los visitantes de intercambio “Q” recibirán el pago de su patrocinador empleador a la misma tarifa pagada a las empleadas domésticas locales con un empleo similar.
El visitante de intercambio “Q” debe tener al menos 18 años de edad y ser capaz de comunicarse de manera efectiva sobre los atributos culturales de su país. Los participantes en el programa “Q” deben tener la organización patrocinadora designada en el Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante, con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS).
El empleador, también conocido como el patrocinador, debe poder designar a un empleado dentro de la organización que esté calificado para servir como enlace con USCIS y que pueda administrar el programa del participante. El empleador también debe demostrar que proporcionará al participante salarios y condiciones de trabajo comparables para los trabajadores que trabajan de forma similar dentro del área geográfica. El empleador también debe demostrar que la organización tiene la capacidad financiera para pagar los salarios del participante.
Esto se puede demostrar proporcionando los documentos financieros de la organización, como el informe anual de la organización, la declaración de impuestos más reciente o el informe contable.
Puerto de entrada
Los solicitantes deben saber que una visa no garantiza el ingreso a los Estados Unidos. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza tiene autoridad para denegar la admisión. Asimismo, la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras determina el período durante el cual el portador de una visa de visitante de intercambio está autorizado a permanecer en los Estados Unidos, no el funcionario consular. En el puerto de entrada, un funcionario de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza valida el Formulario I-94, Registro de Llegada / Salida, que indica la duración de la estadía permitida.
Estancia y extensiones
El Q alien está admitido en los Estados Unidos durante un programa de intercambio cultural internacional aprobado o quince meses, lo que sea más corto. Se puede otorgar una extensión al extranjero que no haya completado su estadía de quince meses en los Estados Unidos.